Simple, rápido y sin moverte de tu casa.
El nuevo servicio con clave fiscal Presentaciones Digitales te permite enviarnos presentaciones y comunicaciones escritas en carácter de declaración jurada. Esto quiere decir que no hace falta que te presentes personalmente y que no necesitás papeles.
¿Qué podés hacer en el servicio?
- Presentaciones por trámites nuevos o complementar alguna presentación que hayas hecho antes.
- Visualizar el estado de las presentaciones que hagas desde el servicio.
- Cancelar, guardar y enviar presentaciones.
- Eliminar presentaciones que tengas en estado de borrador.
- Desistir de alguna solicitud, siempre que no esté finalizada.
- Imprimir copias de presentaciones o comunicaciones que hayas hecho.
- Adjuntar archivos de hasta 20 MB en formato .pdf, .doc, .docx, .xls, .xlsx, .jpg, .jpeg, .png, .bmp, .gif, .tiff, .tif, .dwf.
¿Qué trámites están disponibles?
En esta primera etapa, los trámites disponibles son los siguientes:
- Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras presentaciones sobre planes de pago.
- Reactivación del estado administrativo de la CUIT.
- Cambio de fecha de cierre de ejercicio.
- Presentaciones sobre solicitudes de baja de impuestos o regímenes rechazadas por internet.
- Planes de pago de honorarios por ejecuciones fiscales.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Para usar el servicio necesitás tener clave fiscal nivel 2 o superior, CUIT/CUIL/CDI y haber constituido tu domicilio fiscal electrónico.
Por otro lado, cada trámite en particular tiene requisitos propios, plazos y condiciones que deben cumplirse, independientemente de que el procedimiento sea en línea. En este sentido vale aclarar que, cuando las presentaciones o comunicaciones impliquen el inicio de algún plazo y se realicen en un día feriado o inhábil, el plazo se empezará a contar desde el primer día hábil siguiente.
¿Qué pasa si la presentación tiene un error?
Si detectamos que la presentación o comunicación tiene un error o que le faltan datos para ser analizada, te vamos a contactar en tu domicilio fiscal electrónico.
Si es necesario, y de corresponder, podés realizar nuevas presentaciones digitales o presentaciones complementarias para corregir los errores o faltantes.
¿Qué trámites quedan excluidos?
Los trámites que se excluyen son:
- Denuncias.
- Presentaciones sobre sumarios por infracciones formales o materiales.
- Presentaciones sobre determinaciones de oficio.
- Recursos de reconsideración.
- Recursos de apelación administrativos.
- Presentaciones relacionadas con impugnaciones planteadas acerca de deudas determinadas por conceptos relativos a los recursos de la seguridad social.
- Presentaciones relacionadas con impugnaciones planteadas acerca de intimaciones administrativas de ingreso de un monto actualizado o intereses.
Más información
Ingresá al Micrositio Presentaciones Digitales.
Vigencia
Podrás utilizar el servicio a partir del 12 de junio de 2019. Para los ciudadanos en jurisdicción de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, la vigencia comenzará el 26 de junio del corriente.
Fecha de publicación: 12.06.19
Fuente:Resolución General 4503/2019
A través de la Circular 1 – 1468 las entidades bancarias deberán aceptar los balances ya presentados a través de AFIP.
Esto agiliza los tramites burocráticos para con el banco cada vez que tengan que actualizarnos las carpetas anuales.
BCRA. Circ. 1-1468 “- Disponer que, a partir del 1.10.19, las entidades financieras deberán, a efectos de cumplir con los
requisitos previstos por las normas del Banco Central de la República Argentina, aceptar los estados contables (incluida la Memoria e Informe del Auditor Externo) presentados por sus clientes a
través del servicio “Presentación Única de Balances (PUB)” de la página de Internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).”